La complejidad de la terminología propia del sector del seguro requiere explicar conceptos cotidianos que en más de una ocasión seguro que hemos oído pero que no sabemos con exactitud a que se refieren. El concepto póliza es sin duda uno de ellos y que no es más que el contrato de seguro realizado entre una compañía aseguradora y un individuo, ya sea persona física o jurídica, que recibe el nombre de tomador. Las pólizas se pueden estructurar en tres partes:
- Las condiciones generales: Son el conjunto de cláusulas escritas que figuran en la póliza. En ellas se regulan los derechos y las obligaciones de las partes. Las compañías aseguradoras incluyen estas cláusulas en el contrato de seguro, siendo las mismas para todas las pólizas de la misma modalidad.
- Las condiciones particulares: son las condiciones individuales de cada póliza. En ellas se concreta: riesgo, garantías, importe de la prima y periodicidad de pago, capital asegurado, franquicias, etc.
- Apéndices o suplementos: tienen lugar cuando se modifica o se suspende temporalmente el contrato. Estos pasan a formar parte de la póliza. Deben ser firmados por la misma persona que firmó la póliza. Así, se emitirá un suplemento por ejemplo cuando el capital asegurado aumente o disminuye, o el tomador cambie de domicilio habitual, etc.
Una póliza debe incluir todos los pactos y condiciones que regirán la relación entre las partes y recogerá los derechos y obligaciones de las partes. La póliza para que sea válida ha de estar firmada por ambas partes y debe hacerse entrega de una copia al tomador.