La DGT (Dirección General de Tráfico) ha sorprendido a la opinión pública, al rebajar los márgenes de velocidad que permitía hasta ahora en los radares. Dichos márgenes permitían circular por encima de los límites establecidos, sin proceder a multar a quien los sobrepase.
Este margen ‘de gracia’ implicaba que para zonas con la máxima limitación de 120 km, se admitían hasta los 130 km sin que el conductor fuera sancionado. Esta tolerancia estaba motivada para evitar desajustes o errores de los aparatos de medición, que pudieran implicar una sanción injusta.
Según se ha publicado en medios de prensa, Tráfico ha decidido sin previo aviso , ni comunicación pública la disminución de estos márgenes. Además, ha coincidido dicha modificación con las vacaciones estivales, originando numerosas sanciones no esperadas. Esta medida se estaría aplicando tanto en los radares fijos y móviles
¿Cuáles son ahora los nuevos márgenes?
Se acabó el tener un margen de mayor velocidad, el cual incluso aportaba un extra de seguridad en adelantamientos. Según declaraciones de la DGT , el anterior margen de un 10% ha sido reducido a un 5% para los radares fijos y un 7% para los radares móviles.
Ya no podremos circular en autovía por encima de 130 km/h sin ser multados, ahora seriamos sancionados por rebasar los 126 km/h con un radar fijo o 128 km/h para un radar móvil.
En las carreteras con límites inferiores a 100 km/h se aplicaria un margen de 5 km/h para radares fijos y de 7 km/h para los radares móviles.
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