Si eres propietario de una vivienda o local, y te preocupa que tu inquilino no pague las rentas del alquiler, ¡Podemos ayudarte con nuestro Seguro de Arrendador en Tenerife y Las Palmas!
Desde el sector inmobiliario prevén un incremento de la morosidad en el pago de las rentas del alquiler de vivienda, debido a la crisis económicas y social derivada del coronavirus. Hay que destacar que, según datos del INE, en España el 17,5 % de familias viven en viviendas arrendadas. En Canarias la cifra es superior, un 19,5 %. Esto ha generado el interés de los propietarios de viviendas en proteger sus rentas. Por ello, desde que estallara la crisis del coronavirus, diversas corredurías especializadas en seguros del sector inmobiliario, han apreciado un incremento en la contratación de seguros de protección del arrendador.
Destacar que el 22 de Diciembre 2020, se aprobó el Real Decreto-Ley 37/2020para extender y asegurar la protección de las personas arrendatarias de vivienda en situación de vulnerabilidad, quedando prohibidos los desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional durante el estado de alarma, vigente hasta el 09 de Mayo. Los inquilinos tienen la posibilidad de acceder a créditos públicos sin intereses para el pago del arrendamiento de viviendas. Además, desde el sector inmobiliario se insta a los propietarios a adoptar acuerdos con los inquilinos para el aplazamiento del pago. Aún así, son muchos los propietarios que necesitan de las rentas y quieren protegerse ante posibles impagos. Actualmente la mejor solución es el seguro de impago alquileres.
¿Cómo funciona el seguro de protección del arrendador durante el coronavirus?
La principal cobertura de los seguros de protección del arrendador, es el impago de alquiler. Si tienes una vivienda arrendada y tu inquilino no paga la renta, el seguro de impago de alquiler te proporciona la opción de demandar al inquilino. La aseguradora abonará al arrendador las rentas impagadas. Aunque actualmente no es posible presentar demandas de desahucio, desde el momento en que el abogado de la aseguradora informe estar en disposición de poder presentar la demanda, la aseguradora abonará las cuantías debidas.
¿ Qué más cubre el seguro de protección del arrendador ?
Además de la cobertura de impagos, el seguro de arrendador te ofrece otras coberturas. Destacamos: asesoramiento jurídico, reclamación de daños causados por el inquilino, pérdida de alquiler por incendio de la vivienda o cobertura de daños al mobiliario causados por el
¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler?
El coste para el propietario de la vivienda de contratar el seguro de arrendador, por lo general es bastante económico. Aproximadamente, la prima anual a pagar estaría en torno al 4,5% de la renta anual de alquiler. Por ejemplo, para una renta anual de 6.000 € ( 500 € mensuales ), la prima anual a pagar sería de 270 €.
Te invitamos a conocer más detalles sobre los seguros de protección del arrendador en nuestro artículo “Seguro de impago de alquiler: asegura el pago de las rentas del alquiler”. Si lo prefieres, puedes proteger ya tus rentas y solicitar ahora tu seguro de impagos de alquiler.
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